
Los cementerios están considerados como un servicio que los municipios están obligados a ofrecer a sus ciudadanos. Como tal servicio su implantación es «relativamente reciente» ya que apenas han pasado dos siglos desde que se comenzó a legislar sobre este asunto.
Otra cosa muy diferente es la consideración del «cementerio» como espacio donde sepultar los cuerpos de las personas que mueren, algo que va estrechamente ligado a la propia existencia del hombre desde la antigüedad.
Tradicionalmente, los cementerios cristianos se consideraban lugares sagrados, delimitados, consagrados, que constituían un elemento más de las parroquias.
Hasta finales del siglo XVIII, siguiendo la tradición cristiana, los lugares para enterrarse fueron las iglesias, ermitas y los monasterios. Allí, en esos suelos aprovechados hasta el último rincón, fueron sepultados individuos y familias a lo largo del tiempo. Para complementar y dar solución a la necesidad de espacios sagrados para otra parte de la población se habilitaron cementerios extramuros de las iglesias, siempre muy cerca de ellas y por tanto dentro del núcleo urbano.
Como digo, fue rondando el cambio de siglo, del XVIII al XIX cuando el rey reformador Carlos III «obliga» a que se construyan cementerios fuera de las poblaciones. Una iniciativa que debía ser ejecutada con fondos propios de las iglesias locales (las fábricas parroquiales) y con el apoyo económico o de otra naturaleza de los ayuntamientos. Lamentablemente, esta iniciativa no tuvo la continuidad deseada y los enterramientos se siguieron haciendo en las iglesias, ermitas y conventos.
Hubo otros intentos de legislar sobre este asunto pero los resultados fueron escasos. Sin embargo, la maquinaria legislativa estaba en marcha y a lo largo de los siguientes años se mantuvo el impulso constructivo de cementerios, muchos de ellos de carácter municipal, bajo la responsabilidad y cuidado de los ayuntamientos, ante la imposibilidad de costearlos las fábricas parroquiales. En los años treinta del XIX ya se vigilaba que no se llevaran a cabo enterramientos en las iglesias en aquellos lugares que contaran con un cementerio.
Superado el ecuador del siglo aún quedaban muchas poblaciones sin cementerio, una situación que siguió siendo preocupante hasta finales de siglo.
Cercano ya ese fin de siglo se vuelve a incidir y se publican nuevas normas sobre la construcción de los cementerios, un servicio que, ya sí, se considera municipal (se prohibe la construcción de nuevos cementerios particulares aunque se respetan los cementerios privados, parroquiales y de asociaciones religiosas). Son tramitaciones que se hacen con la necesaria colaboración de los párrocos y las autoridades sanitarias y los reglamento en torno a su gestión y ordenamiento se incorporan a las ordenanzas municipales.
Los enterramientos y cementerios de Villalba del Alcor
Villalba no fue un caso excepcional.
Son muchos los ejemplos que pueden ilustrar el antes y el después de este aspecto de los hábitos funerarios en el caso de Villalba. Sirva como muestra el caso de Diego Martín cuando, a mediados del siglo XVI, pide que se le entierre en la iglesia de San Bartolomé en una sepultura enfrente de la puerta del sol.
Por otra parte, era habitual obtener las licencias del arzobispado para enterrarse en la iglesia a cambio de una «limosna». Valga de ejemplo como en esas mismas fechas el mayordomo de de la fábrica de la iglesia de Villalba, con licencia del visitador, hace donación a un vecino de Villalba, Diego Gómez, de una sepultura que está en la dicha iglesia de Señor San Bartolomé, en la entrada de la capilla principal, debajo del arco toral principal de la dicha capilla que ha por linderos, de la una parte sepultura de Catalina García, mujer de Antón Vicente, y de la otra parte, con sepultura de la dicha iglesia…
O Ana Fernández, mujer de Francisco Ligero, que quiere ser sepultada en la sepultura que en ella tengo cerca del altar del Nombre Santo de Jesús.
O el más conocido inquilino del convento de frailes carmelitas, Alonso de Arellano, gobernador de las villas de Paños y Villalba, que ordena que su cuerpo sea depositado en la iglesia del convento de Nuestra Señora del Carmen desta villa en la capilla mayor a donde el prior, patrón y monjes dél se han ofrecido darme sepultura hasta que trespasasen sus huesos a la iglesia y monasterio de Herce (Monasterio riojano de monjas bernardas). Pero mientras tanto, fue sepultado en la iglesia del dicho monasterio en la capilla mayor en una sepultura que está en la peana del altar a la mano izquierda dél…
Demos un salto en el tiempo y situémonos tres siglos más tarde. En los primeros años de la década de los cuarenta del siglo XIX, los enterramientos en Villalba del Alcor se reparten entre el camposanto, la iglesia del convento y el convento (es evidente que nos estamos refiriendo a los estertores del convento de frailes del Altillo). Por ejemplo, en 1842 una mujer es enterrada en la antesacristía del convento de religiosos de esta villa. Ese mismo año, uno de mis antepasados, Pedro Calahorro, el farmacéutico, es enterrado en el convento.
A partir del año 1843 se siguen manteniendo los viejos hábitos funerarios, en un proceso de transición que duró varias décadas. Referencias al cementerio de ésta (villa)», o simplemente el cementerio son habituales, al igual que se siguen manteniendo los enterramientos en el convento» y en el cementerio del convento.
Es curioso como dos años más tarde (1845) se sigue enterrando en la iglesia de convento de religiosos» (Antonio de Burgos, un religioso carmelita que muere con 85 años es enterrado en este lugar), en el cementerio de Señor San Bartolomé o en el cementerio de esta villa. Son los lugares «disponibles» para los enterramientos de los difuntos de Villalba.
A lo largo de los siguientes años las cosas irían cambiando a medida que la legislación y la normativa, abundante y constante, en torno a estas instalaciones vayan promoviendo la construcción y regulación de estos espacios que se van extendiendo, ya sí, por todo el país.
Así, nuestro cementerio municipal lleva incorporada en la reja que da acceso al camposanto la fecha de 1880, un momento en el que ya los cementerios forman parte de los servicios municipales de muchos municipios españoles.