
La Casa de Contratación y el Consulado de Indias fueron dos de las más importantes instituciones creadas para gestionar, administrar, controlar y fiscalizar las relaciones comerciales entre España y América a través de la Carrera de Indias. Dos herramientas que permitieron desarrollar el sistema monopolístico comercial sobre los nuevos territorios ultramarinos a través de una alianza de intereses entre el ámbito público y el privado.
La Casa de la Contratación y el control de la Carrera de Indias
Creada en 1503, La Casa de Contratación es la primera institución destinada a garantizar ese efectivo monopolio comercial de la Corona española sobre el tráfico de productos y personas.
Si tuviésemos que hacer una comparación, un paralelismo con alguna institución que nos resultara familiar, podríamos decir que la Casa de Contratación es lo más parecido a un Ministerio de Marina, con competencias específicas en todo lo relacionado con la navegación, los pasajeros, los contratos y las expediciones de Indias.
Su tarea es, básicamente, regular y fomentar (¡vaya dualidad!). En esos momentos los asuntos comerciales son los más relevantes (de ahí el nombre de esta institución). El Consejo de Indias no fue creado hasta pasados 20 años.
Elegir Sevilla como sede de esta institución no fue casual. Sevilla era por aquellos años un importante centro financiero y comercial y disponía de un puerto fluvial que reunía las condiciones idóneas para organizar y gestionar las futuras expediciones, flotas y viajes ultramarinos. Y en esta ciudad permaneció durante 200 años.
Creada inicialmente con la intención de ser una agencia comercial que gestionara el monopolio comercial español con los nuevos territorios, acabó convertida en un gran «ministerio» que fue ampliando sus áreas de actuación y con la “delicada” responsabilidad de fiscalizar el comercio y la navegación indiana.
La Casa de la Contratación y el control de la Carrera de Indias
Sus principales atribuciones y competencias estaban relacionadas con los asuntos relativos al comercio y la navegación. Organizar y controlar el tráfico entre España y América.
> Tenía capacidad legislativa ya que podía emitir leyes y disposiciones.
> Concedía las licencias para viajar a las Indias.
> Tenía facultad para cobrar impuestos (el almojarifazgo de Indias).
> Vigilaba y controlaba las mercancías que se expedían a América (con visitas de inspección a los barcos).
> Autorizaba los barcos que participaban en la Carrera de Indias.
> Era la receptora de los metales preciosos (y de la acuñación de moneda en la Casa de la Moneda) y bienes particulares procedentes de América.
> Y además, tenía poderes judiciales ya que podía actuar como tribunal (Audiencia) de primera y segunda instancia y dirimir pleitos mercantiles.
> Ejercía de depositaria y albacea de los bienes de muchos emigrantes fallecidos en las provincias indianas.
> Además, era una Escuela Náutica, un centro puntero de investigación y de formación de navegantes. Tenía atribuciones que podríamos llamar científicas o técnicas y que la convirtieron en uno de los más importantes (si no el que más) centros científicos de Europa (otro día hablaremos de la aportación científica española durante el siglo XVI).
Y, sobre todo, una de sus principales competencias fue la de proveer y abastecer de todo lo necesario a la flotas y armadas que participaban en la Carrera de Indias.
Personal de la Casa de Contratación: Funcionarios y Oficiales reales
La “plantilla” de la Casa de Contratación la componía, desde mediados del siglo XVI, un cuerpo de oficiales dirigidos por un presidente.
En sus comienzos, los cargos iniciales fueron un Factor (encargado de aprovisionar y revisar los buques y expedir las mercancías dependientes de la Real Hacienda), un Contador (podríamos decir el contable, el encargado de llevar el registro de las operaciones que se llevaban a cabo) y un Tesorero (y como tal, depositario de bienes y caudales, tanto de la Corona como de los particulares, además de los bienes de difuntos, enviados a España).
Otros cargos creados a posteriori fueron el de Piloto Mayor, Cartógrafos, Visitadores de Naos y los cargos que entendían en asuntos judiciales: los Oidores y Fiscales.
El progresivo aumento de la actividad comercial significó un aumento de la carga de trabajo y de la complejidad en la gestión de todas estas tareas. Para ir cubriendo esta necesidad se fueron incrementando y diversificando los cargos y las responsabilidades inherentes a cada uno: visitadores, proveedores, correo, escribanos, diputados…
Como dato curioso cabe señalar que a lo largo del siglo XVII era ya «costumbre general» que los oficios de la Casa, escasamente remunerados, fuesen muy apreciados porque propiciaban lucrativos negocios particulares que, aún estando rigurosamente prohibidos, se practicaban con suma frecuencia.
Otras Instituciones vinculadas a la Carrera de Indias
Consejo de Indias
Es el máximo órgano directivo. Sólo el Rey estaba por encima de su influencia.
El Consejo de Indias era la máxima autoridad judicial (el tribunal supremo).
Entre sus principales atribuciones estaba la de proponer y fiscalizar el ejercicio y desempeño de los altos cargos de la Administración en las Indias. También ejercía cierta capacidad legislativa en asuntos concernientes a estos territorios y tenía facultad para administrar los dineros de Indias. Y, desde luego, su jurisdicción se extendía sobre las cuestiones relacionadas con las Flotas de Indias.
Cofradía de Mareantes
Se trata de una asociación de mareantes, de gente de mar, ubicada en Triana y formada, en principio, por pilotos y maestres, señores de naos que hubiesen navegado la Carrera de las Indias o fuesen casados en estos reinos.
Sus primeras reglas datan de 1561, aunque su funcionamiento se remonta a unos años antes.
Se puede considerar como una extensión de la Casa de Contratación destinada a velar por los intereses de este colectivo ante la misma Casa y ante otras instancias superiores.
También ejercen como consultores en lo referido a la navegación transoceánica.
Otro de sus fines es el asistencial, desarrollando esta actividad entre la comunidad marinera de la ciudad.
La colaboración/contribución privada
Paralelamente a este tráfico y a la actividad comercial surge el gran lobby mercantil que protagonizará la vida económica de la ciudad y el tráfico comercial con los territorios americanos. Me refiero al Consulado de Cargadores, un espacio de poder en el que las élites sevillanas ejercieron su influencia y su poder.
Fue una institución en la que delegó la Casa de Contratación parte de sus responsabilidades y que fue, poco a poco, asumiendo funciones de control y regularización del tráfico marítimo con América.
El Consulado del Mar englobaba a los comerciantes y su fin no fue otro que el de defender sus intereses gremiales.
Consulado de Mercaderes de Sevilla. Consulado de Cargadores a Indias
Hablamos del Gremio de los comerciantes. Una organización de grandes mercaderes encargada de gestionar el monopolio comercial con América. Es decir, tienen el privilegio de comerciar, en exclusividad, con América.
Con su creación se produce un traslado de lo que hasta entonces era un monopolio en manos de la corona a un monopolio en manos de un grupo exclusivo de particulares. Se convierten así en los beneficiarios de este sistema monopolístico y, por esta misma razón, en los principales defensores del sistema.
El beneficio y la defensa del sistema provoca y tiene como consecuencia la aparición de las correspondientes fricciones con la Corona a la hora de defender los intereses de sus miembros ante ella.
Fue la institución que, al poco de su creación (1543), consiguió controlar el comercio americano, a costa, eso sí, de la Casa de la Contratación.
El primer consulado fue el de Sevilla y a partir del momento de su creación contrae una serie de responsabilidades relacionadas con el comercio americano: intervención en el despacho de flotas (concepto que hace referencia a la tramitación-envío de las flotas), la gestión de seguros marítimos o el salvamento de mercancías en caso de naufragio.
Mercaderes y Comerciantes
Se podría decir que son los mercaderes de Sevilla (que no sevillanos) los que, desde mediados del XVI, ejercen el monopolio efectivo del tráfico comercial con América.
Por hacer un rápido repaso. Serán los comerciantes extranjeros (con representantes afincados en la ciudad): italianos, franceses, portugueses, flamencos, alemanes… los que mayor poder tengan en el comercio de productos manufacturados, mientras que los comerciantes andaluces ejercerán su monopolio sobre productos del campo (vino, aceite de oliva…), sin olvidar a los comerciantes vascos y su influencia sobre los derivados del hierro.
Una corporación que no estuvo libre de «tensiones» entre sus propios miembro ya que no existía «igualdad» entre los mercaderes que la integraban. En la cúspide de la institución se situaban los cosecheros y hacendados, propietarios de grandes propiedades agrícolas que comercian con los productos de sus tierras y para los cueles se reservaba el llamado tercio de frutos (algunos de ellos con negocios y propiedades en Villalba del Alcor). A otro nivel estaban los cargadores, los verdaderos comerciantes al por mayor, que negocian con todo tipo de mercaderías.
Para pertenecer al Consulado era requisito ineludible ser natural de los reinos de España. Una condición que podía ser eludida fácilmente ya fuera mediante la obtención de licencias reales, o bien a través de la naturalización (residencia permanente o casamiento con una natural) o, sencillamente, mediante la creación de compañías comerciales con esos mismos mercaderes naturales, miembros del Consulado (que se convertían así en meros comisionistas).
Autoridad y competencias
El Consulado asumió muy pronto tareas judiciales, de pleitos mercantiles, minimizando el papel y el peso de la Casa de Contratación en este área de actuación (la resolución de conflictos en materia comercial). Unas atribuciones, las judiciales, que aumentaron al incorporar su propio tribunal de mercaderes con competencias judiciales en materia de derecho civil.
Todo este aumento progresivo de competencias fue reduciendo las que tenía la Casa de Contratación y llegó a convertirse en la mayor competidora y sustituta de la Casa en la gestión de la Carrera de Indias.
La inflexibilidad del monopolio imponía también la necesidad de recurrir al crédito para nutrir el constante aumento de tráfico de mercancías.
Los préstamos estimularon y financiaron la Carrera de Indias, convirtiendo a estos hombres de negocio sevillanos en títeres comerciales, muy vulnerables, en manos de los grandes capitales extranjeros.
Desde esa posición de control que consiguió ejercer sobre la Carrera de Indias, puede entenderse que casi llegase a rivalizar con la corona en el control de este monopolio comercial.
Si no llegó a tanto, al menos, como intermediaria entre la Hacienda Real y los mercaderes de India, el Consulado podía disculpar y amparar determinadas actuaciones y actitudes que no siempre estaban sujetas a la legalidad. Esas prácticas fraudulentas se compensaban ante la Corona (La Hacienda Real) mediante «regalos» y contribuciones/donaciones que disminuían, temporalmente, la necesidad permanente de dinero.
El instrumento que posibilitó al Consulado obtener el control efectivo y definitivo de la Carrera de Indias fueron los asientos de avería.
Finalmente, acabó determinando el volumen de las flotas, los precios de las mercancías en Indias, el envío de navíos de aviso y de azogues, llegando incluso a controlar la naturalización de extranjeros para que pudieran participar en la Carrera de Indias.
En resumen, el Consulado es una organización privada, poderosa e influyente, que acabó convirtiéndose en la verdadera gestora del comercio con América y por extensión de la Carrera de Indias y, por tanto, administradora del monopolio y de los beneficios que se generaron hasta su desaparición.
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